Departamento / Organismo Autónomo
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Dirección de Calidad Ambiental
La concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, destinadas a la protección del medio ambiente.
Cualquier persona fisica o juridica, excepto las Entidades Locales Territoriales, Sociedades Públicasy Entes Públicos de derecho privado.
Dos millones seiscientos setenta y dos mil doscientos ochenta y nueve (2.672.289) euros.
Ley 3/1998,de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59; 27-03-98)
Decreto 91/2002, de 23 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente (BOPV 87; 10-05-02).
Orden de 25 de junio de 2008, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se convocan, para el ejercicio 2008, las subvenciones previstas en el Decreto 91/2002, de 23 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
El servicio de información ambiental IHOBELINE: 900 15 08 64 se encuentra disponible para solucionar las posibles dudas respecto a la Orden de 25 de junio de 2008.
La solicitud de subvención se realizará cumplimentándose el modelo de impreso (Ver apartado Formularios) incorporado en el Anexo de la Orden de 25 de junio de 2008.
Entre otros, se solicita la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Código de Identificación Fiscal o DNI.
b) Fotocopia de las escrituras de constitución de la empresa.
c) Fotocopia del poder de representación otorgado a favor del solicitante (en el caso de que figure en las escrituras de constitución, separata de la misma).
d) Certificado de Hacienda acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias. Original.
e) Certificado acreditativo del pago de las cuotas de la Seguridad Social. Original, debidamente sellado y firmado por el titular de la autorización para obtenerlo vía telemática.
f) Declaración jurada, de conformidad con el modelo del anexo I, referido a posibles expedientes sancionadores incoados a la empresa solicitante.
g) Declaración jurada, de conformidad con el modelo del anexo II, de no hallarse incurso en procedimiento de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza.
h) Declaración jurada relativa a condición de gran, pequeña o mediana empresa, según modelo del anexo III.
i) Licencia Municipal de Actividad.
j) Declaración jurada, de conformidad con el modelo del anexo IV, referido a posibles expedientes sancionadores incoados a la empresa solicitante en materia de igualdad de mujeres y hombres.
k) Alta de datos/tercero interesado, según Anexo XI.
l) Otra documentación (especificar).
11/07/2008-07/09/2008
VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO VASCO
C/Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ALAVA
Portal de Foronda, 11
01010 Vitoria-Gasteiz
SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE GIPUZKOA
C/ Infanta Cristina, 11 Villa Begoña
20008 Donostia-San Sebastián
Tfno. (943) 023100
Fax (943) 023101
SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE BIZKAIA
Gran Vía, 85
48011 Bilbao
Tfno. (94) 403 12 61
Fax (94) 403 12 66
Informe del Tribunal creado al efecto para la valoración de las solicitudes, que se eleva a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Seis meses a contar desde la entrada en vigor de la Orden anual en la que se establezca el plazo para la presentación de solicitudes de subvención
Desestimatorios
La resolución pone fín a la vía administrativa
Recurso Contencioso-Administrativo
Recurso Potestativo de Reposición
Impreso de solicitud
(333 kb)
No hay.
No hay.
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
10/07/2008