Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco

Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes

Euskadi.net

Inicio

Estás en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Eraikal
 

Icono de Conformidad con el Nivel A de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI

Orden por la que se convoca y se regulan las ayudas del Programa Eraikal

ORDEN de 27 de julio de 2011 (pdf, 302 KB), del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se convoca y se regulan las ayudas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación en las empresas del sector de la edificación residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, programa Eraikal Trece.

Beneficiarios de las ayudas:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta Orden los agentes radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que realicen la promoción de la implantación de sistemas de gestión y mejora continua en empresas del sector de la edificación residencial radicadas también en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Podrán considerarse tres tipos de agentes:

  1. Empresas de carácter tractor, del sector de la edificación residencial, que, por su capacidad de compra y contratación, tengan capacidad de influencia y liderazgo en sus proveedores y contratistas.
  2. Agrupaciones o asociaciones de empresas del sector de la edificación residencial, que tengan amplia representación o capacidad de convocatoria.
  3. Otros agentes que proporcionen un adecuado soporte a la implantación de sistemas de gestión por parte de un gran número de empresas del sector de la edificación residencial. Se consideran como tales los colegios profesionales vinculados al sector de la edificación residencial, centros de investigación tecnológica, Cámaras de Comercio, etc.

Dotación económica:

1.350.000 euros, desglosados de la siguiente manera: 135.000 euros para el ejercicio 2011, 675.000 euros para el ejercicio 2012 y 540.000 euros para el ejercicio 2013.

Documentación a aportar:

La solicitud para acceder a las ayudas reguladas en el presente Orden deberá formalizarse conforme al modelo que se recoge en el anexo I de la misma.

A la solicitud para acceder a las ayudas reguladas en la presente Orden deberá acompañase la siguiente documentación:

  • Memoria del proyecto plurianual (proyección plurianual máxima de 3 años hasta 2013)
  • Justificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.
  • Copia del poder de representación de la persona solicitante.

Los estudios de ingeniería deberán presentar certificado o justificante del colegio de ingenieros donde se certifique o justifique que dicho estudio ha realizado trabajos en relación a la construcción residencial.

  • Si en el momento de presentar la propuesta, el proyecto dispusiera de otras subvenciones complementarias, la entidad beneficiaria deberá declararlo en la propuesta, especificando la cuantía y tipología subvencional, según modelo indicado en el anexo II.
  • Formalización de compromisos. Las empresas participantes en el proyecto deberán asumir los siguientes compromisos, según modelo indicado en el anexo III.
  • Compromiso de cumplimiento de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres, y declaración jurada de que la persona o entidad solicitante no está cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni está sancionada con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello.

El compromiso y la declaración jurada anteriormente citados se formalizarán conforme al modelo indicado en el anexo IV.

Plazo de presentación:

Un mes a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Orden.

Lugar presentación solicitudes:

La solicitud de ayuda, junto con la documentación requerida, deberán ser dirigidas al Ilmo. Sr. Director de Vivienda, Innovación y Control y presentadas en el Registro General del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, sita en la calle Donostia- San Sebastián N.º 01010 Vitoria-Gasteiz, o en los Registros Generales de las Delegaciones Territoriales de dicho Departamento o en cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Fecha de la última modificación: 17/08/2011