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Dirección de Infraestructura del Transporte

 

Titular: Miren Mirari Arruabarrena Elizalde
DONOSTIA-SAN SEBASTIAN, 1
01010 VITORIA-GASTEIZ (ALAVA)
Tlf.: 945019724 Ext. 19724
Fax945019786


Funciones

  • La elaboración de expedientes de anteproyectos normativos en materia de infraestructura del transporte de competencia de la Comunidad Autónoma.
  • La planificación y programación de inversiones en infraestructuras y de su mantenimiento.
  • La elaboración de planes territoriales sectoriales de infraestructura del transporte terrestre y aéreo, colaborando con la Dirección de Transportes en la realización del Plan Director de Transportes y del Plan Territorial Sectorial.
  • La iniciativa de elaboración y modificación de los planes e instrumentos de ordenación urbanística precisos para las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, terrestre y aéreo.
  • La iniciativa de elaboración y aprobación de proyectos de infraestructura del transporte terrestre y aéreo.
  • La dirección, inspección y el control de la ejecución de infraestructura del transporte terrestre y aéreo.
  • La realización de los proyectos, obras y demás actuaciones de competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco relacionadas con el Ferrocarril Metropolitano de Bilbao.
  • La expropiación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura terrestre y aéreo, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Gobierno y del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales.
  • Resolver sobre la concesión de autorizaciones de obras e instalaciones en la zona de dominio público de los ferrocarriles autonómicos, sin perjuicio de las facultades que, en su caso, correspondan a otros órganos sobre el patrimonio de Euskadi.
  • La promoción de la investigación y el desarrollo tecnológicos en materia de infraestructura del transporte terrestre y aéreo.
  • Efectuar propuestas sobre jerarquización y nomenclatura de la Red Objeto del Plan General de Carreteras del País Vasco, y para la coordinación de las del resto de la red viaria de titularidad de las administraciones vascas, en coordinación con las administraciones afectadas.
  • La elaboración de los expedientes de proyectos normativos referentes al Plan General de Carreteras del País Vasco, y de los Planes Sectoriales, así como la elaboración de los Avances y los Proyectos de los citados Planes Sectoriales de Infraestructuras del transporte terrestre y aéreo.
  • Las actuaciones precisas para la revisión del Plan General de Carreteras del País Vasco y de los Planes Sectoriales, así como la preparación y propuesta de modificaciones ordinarias y extraordinarias de dichos Planes.
  • Informar las propuestas que los órganos forales de los Territorios Históricos expongan en materia de planificación y de coordinación viaria, en los términos previstos en la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco, modificada por Ley 2/1998, de 8 de noviembre.
  • Efectuar el seguimiento del Plan General de Carreteras del País Vasco, y de los Planes Sectoriales de Infraestructura del transporte terrestre y aéreo, velar por la idoneidad de su ejecución en cuanto a programas y normas técnicas, e impulsar la coordinación con otras administraciones cuando sea necesaria para la ejecución de los citados Planes.
  • Asegurar el apoyo técnico y administrativo a la Comisión del Plan General de Carreteras del País Vasco y de las Comisiones, en su caso, de los Planes Sectoriales de Infraestructuras.
  • La incardinación del Plan General de Carreteras del País Vasco y de los Planes Sectoriales de Infraestructura del transporte terrestre y aéreo con el planeamiento territorial y urbanístico, así como con las demás planificaciones sectoriales a que afecte, sin perjuicio de las facultades de otros departamentos.
  • La propuesta y preparación de los instrumentos de cooperación y de coordinación económica, técnica y administrativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco con las demás administraciones territoriales en materia de carreteras, ferrocarriles y aeropuertos.
  • A instancia de las demás Direcciones del Departamento, actuar como oficina de supervisión de proyectos y prestar apoyo técnico para la redacción de proyectos y la dirección de obras.
  • A petición de los demás Departamentos, colaborar técnicamente con los mismos en la proyección y contratación de obras públicas que no sean de edificación.
  • Proponer la articulación de subvenciones en materias propias de la Dirección.
  • La elaboración de dictámenes, informes y estudios estadísticos referentes a materias propias de la Dirección.
  • El inicio y la instrucción de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.