Lurralde Plangintza, Etxebizitza eta Garraio Saila

Fecha de publicación: 11/05/2010
Nota sobre exención en IRPF de los pagos a personas jóvenes en concepto de renta básica de emancipación (RBE)

La renta básica de emancipación (RBE) es una subvención a fondo perdido a los jóvenes para facilitar su emancipación, contribuyendo al pago del alquiler mensual de su vivienda (hasta 210 euros/mes) como elemento más destacado (aunque no único).

Es un programa de regulación estatal en cuanto a la normativa de aplicación, gestionado administrativamente, hasta su reconocimiento o denegación efectivos, por cada Comunidad Autónoma y, con pago final de las ayudas reconocidas por parte del Gobierno de España.

En Euskadi, a 31 de marzo de 2010, hay ya 8.417 personas jóvenes que están cobrando todos los meses la RBE, 1.421 en Araba, 2.978 en Gipuzkoa y 4.018 en Bizkaia.

La RBE está sujeta y no exenta del pago del IRPF en el resto de España.

En Euskadi y para las personas perceptoras de estas ayudas RBE, ya se resolvió en tiempo y forma, sin polémica alguna, la exención fiscal de estas ayudas en IRPF, con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 2009.

En ese sentido, ninguna persona perceptora de RBE en Euskadi tendrá que tributar en el IRPF 2009 por dichas ayudas, estando normativamente declaradas como exentas a través de los Decretos Forales 11/ 2010 en Bizkaia; 40/2009 en el caso de Gipuzkoa y 12/2010 en el caso de Álava.

Aunque internamente hemos informado de este tratamiento fiscal, con mucha anticipación. a nuestros gestores y servicios de Atención al Público para que informen convenientemente a las personas interesadas, procedemos a difundir y comunicar esta situación en las paginas Web de Etxebide e Irekia para mejorar el grado de comunicación de esta exención fiscal.

Director de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda